ITE 06.5 Puesta en marcha y recepción
ITE 06.5.1 Certificado de la Instalación
Para la puesta en funcionamiento de la instalación es
necesaria la autorización del organismo territorial competente, para lo que se
deberá presentar ante el mismo un certificado
suscrito por el director de la instalación, mando sea preceptiva la
presentación de proyecto y por un instalador, que posea carné, de la empresa
que ha realizado el montaje.
El certificado de la
instalación tendrá, como mínimo, el contenido que m señala en el modelo que se
indica en el apéndice de esta instrucción técnica. En el certificado se expresará que la instalación ha sido ejecutada de
acuerdo con el proyecto presentado y registrado por el organismo
territorial competente y que cumple con los
requisitos exigidos en este reglamento y sus instrucciones técnicas. Se harán
constar también los resultados de las pruebas a que hubiese lugar.